Resumen
Objetivo: identificar los principales elementos que componen los procesos penales y de justicia, además de ejecutar un análisis del sistema de rehabilitación social del país. Método: se aplicó una metodología de revisión, como base estructural al método PRISMA, se recurrió a las bases de datos: SCIELO, Google Académico, EBSCO, Educación Rezurces Información Center (ERIC), PsycINFO, Psycnet, y Dialnet. Los criterios de búsqueda se fundamentaron en las palabras clave “justicia”, “procesos sancionatorios penales”, “rehabilitación social”. Resultados: es posible mencionar que los elementos que componen los procesos penales son: instrucción, preparación y juicio. En lo que refiere al sistema judicial de Ecuador, se encuentra estructurado como un sistema de pluralismo jurídico, pues se fundamenta en la justicia militar, indígena y tiene una visión de interculturalidad. Conclusiones: existe una gran corrupción dentro de la justicia ecuatoriana, que no ha podido ser saneada durante años, siendo el reflejo de la misma realidad que atraviesa América Latina, en cuanto a las cárceles se refiere, no existe un verdadero proceso de rehabilitación y reinserción social, por el contrario, las cárceles en Ecuador se caracterizan por el deterioro de su sistema.
Palabras clave
INTRODUCCIÓN
El derecho penal sustantivo contiene su propia dogmática, pues los delitos tienen y abarcan fines superiores, como la seguridad jurídica, la igualdad, determinados derechos fundamentales, la dignidad humana, y en el ámbito legal es una garantía limitante que se puede ofertar. Por otra parte, el proceso penal debe contar con situaciones y elementos, que integren todo el engranaje jurídico penal. Es importante señalar que los códigos orgánicos pénales de cada país se encuentran sujetos a cambios y evoluciones sociales, culturales, geopolíticas e inclusive antropológica (Sánchez-Sánchez, 1988).
Un aporte de gran interés es planteado por Baratta (2004), quien indica que lo jurídico y penal abarcan conceptos de gran amplitud como la “seguridad del Estado”, “la economía nacional”, el” orden público”, y otros componentes de gran trascendencia que conforman las estructuras estatales. Por otra parte, se recalca con énfasis el considerar de manera amplia los conceptos que abarcan derechos humanos, tanto individuales como económico-sociales, los cuales facilitan los criterios de valoración de los actuales sistemas punitivos de la región Latinoamericana.
Otra interesante visión del Derecho Penal es propuesta por Carnevali-Rodríguez (2008) quien indica que, para precisar y comprender el alcance del principio de legalidad, es determinante referirse a la matriz político-institucional. En este contexto urge precisar que la matriz original se deriva de político-institucional. Entre las funciones primordiales del derecho penal se encuentra la protección de algunos elementos esenciales para la sociedad, y permiten además un equilibrio de la misma, los fines del derecho penal deben encontrarse en concordancia con lo jurídico, las penas y medidas de seguridad, aclarando que la principal función del Derecho Penal, es reducir la violencia dentro de la estructura social.
Por otra parte, en lo que respecta a la justicia, Rico y Salas (2013) plantean la necesidad de analizar la Justicia Latinoamericana, la cual se ha visto envuelta históricamente por conflictos sociales y políticos de la región. Es trascendental mencionar que la exigencia un poder judicial completamente independiente, se manifesta precisamente en los momentos críticos de una nación, se recalca además que se pone en duda el principio de la independencia judicial, pues existen presiones y amenazas contra las autoridades judiciales.
Se cita a Belavi y Murillo (2016), pues menciona la lucha de siglos por establecer parámetros de justicia social, más aún en la contemporaneidad y con los efectos de la globalización. Los estados democráticos y estas políticas, buscan un equilibrio dentro de la justicia, es muy importante establecer políticas democráticas, pues estas buscan generar espacios donde solo estaba el poder. Otro de los elementos fundamentales a tener en consideración son los factores sociales de cada contexto cultural.
Precisamente con estos antecedentes, López-Gonzales (2016) muestra un estudio interesante realizado en la ciudad de México, exponiendo alarmantemente que el 98.5% de los delitos que se comenten, quedan en 1 la impunidad, reflejando el deteriorado sistema penal, judicial y de rehabilitación social de ese país. Otro dato de mucho interés es que el 46% de la población detenida carece de un proceso condenatorio, siendo una gravísima falta a los derechos humanos y el principio de la legalidad. Urge destacar que existen fenómenos sociales como la corrupción, violencia e inseguridad, que se han tomado algunas estructuras gubernamentales, generando una problemática en cadena.
En lo que se refiere a la rehabilitación social, lo cual es un importante componente que permite a la sociedad corregir conductas y proporcionar un espacio de seguridad a los ciudadanos frente a personas con rasgos antisociales. Es evidente que en Latinoamérica existe una total despreocupación por establecer políticas penitenciarias acordes a la sociedad, no existe sistemas efectivos de rehabilitación, los detenidos se en expuestos a una serie de violaciones a derechos humanos, algunas cárceles se encuentran en total deterioro, e inclusive en una celda conviven varios reclusos que apenas tiene espacio para acostarse. (Machado-Maliza et al., 2020)
Es fundamental citar que las nuevas corrientes de rehabilitación petinentenciaria, buscan desarrollar el estudio, las actividades lúdico-recreativas, el trabajo autónomo y la inclusión de terapias ocupacionales. Algunas de estas políticas se han fusionado con proyectos de otras o ministerios, buscando dar una alternativa de vida posterior al encarcelamiento. Los estados son los responsables de hacer cumplir los derechos humanos universales. La nueva estructuración conceptual del Derecho Penitenciario exige el cumplimiento de derechos y garantías con la población penitenciaria. Finalmente se menciona que no existe un sistema de rehabilitación social adecuado en Sudamérica, por el contrario, tienen varias denuncias a derechos humanos internacionales (Menéndez-Macías, 2022).
La investigación ejecutada por Echeverría y Crespo-Cabrera (2022) muestran que en Ecuador existe un 11,18% de hacinamiento, datos proporcionados por el SNAI (Servicio Nacional de Atención Integral), además se añade que en los últimos años han ocurrido una serie de matanzas entre pandillas rivales, con armas de alto calibre introducidas al interior de diversos centros de reclusión. No existe una capacitación adecuada al personal penitenciario, además no existir propuestas reales como talleres, estudios, deporte y el poder generar sus propios ingresos mediante trabajos manuales. Se evidencia un deterioro del ser humano, violentando una serie de normativas internacionales como derechos humanos.
Dentro de este marco conceptual referencial, el objetivo de la investigación se centra en identificar los principales elementos que componen los procesos penales y de justicia, además de ejecutar un análisis del sistema de rehabilitación social del país. Es importante el abordaje de los procesos penales en Ecuador, para conocer el nivel de garantía de derechos de los ciudadanos ecuatorianos, analizando las estructuras que componen dichos procesos como lo son: la investigación preparatoria, etapa intermedia y de juzgamiento.
MÉTODO
El enfoque metodológico es de carácter cualitativo, puesto que se aplica una revisión sistemática mediante el método PRISMA, el cual consistente en la búsqueda de publicaciones relacionadas al tema de estudio, esto de manera ordena y bajo determinados parámetros de exploración establecidos previamente, para tal efecto es pertinente definir criterios de inclusión y exclusión, además de ejecutarse un proceso de selección y filtración de publicaciones para los fines investigativos (Sánchez-Serrano et al., 2022).
Criterios de inclusión
— Trabajos que tenían directa relación entre los principales elementos que componen los procesos penales y de justicia, además de ejecutar un análisis del sistema de rehabilitación social del país.
— Artículos que mantenían relación con las palabras establecidas como claves, siendo las siguientes: justicia, procesos sancionatorios penales, rehabilitación social.
— Artículos publicados en las bases de datos: SCIELO, Google Académico, EBSCO, Educación Rezurces Información Center (ERIC), PsycINFO, SCOPUS, Psycnet, y Dialnet.
— Artículos publicados desde el año 2015 en adelante, esto debido a la importancia de algunos artículos.
Criterios de exclusión
— Fueron excluidas todas las investigaciones que no mantenían concordancia con el tema de estudio.
— Trabajos de tipo monográfico, tesis o de grado académico.
Considerando estos criterios, se incluyeron 12 estudios por su directa relación con la temática planteada. En cuanto al proceso de filtrado, se siguió al método PRISMA, el cual se encuentra representado en la Figura 1.
Figura 1
Proceso de indagación de los artículos
RESULTADOS Y DISCUSIÓN
Tabla 1
Síntesis de artículos revisados
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No. |
Autores / año |
Título |
Tema de los estudios |
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Arroyo-Baltán et al. (2018) |
Una mirada al principio de legalidad a partir de la constitucionalización del derecho penal ecuatoriano |
Se destaca que, desde el principio de legalidad, a raíz de la constitucionalizarían del derecho penal ecuatoriano, se establecen garantías penales, jurisdiccionales, criminales, fusionándose en lo político y jurídico. Es posible mencionar que las etapas del Proceso Penal fundamentado en las leyes de Ecuador se encuentran estructurados en la fase de instrucción fiscal, intermedia, de juicio e impugnación. Es importante mencionar que cada país tiene su propia estructura de funcionamiento judicial y penal, además de su sistema de juzgamiento en el caso de adolescentes infractores. |
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2 |
Jaramillo-Rambay (2022) |
La reparación integral de la víctima en el derecho penal ecuatoriano |
Es importante reconocer que los derechos humanos pasaron de ser un solo dogma conocido a una parte esencial de la vida jurídica de los ecuatorianos, y para ello, todas las instituciones del Estado se encuentran comprometidas en respetar todos los derechos reconocidos en la Constitución de la República del Ecuador, y en los Convenios y Tratados Internacionales. Para ello, una de las premisas fundamentales es garantizar la dignidad humana, y cuando el ser humano es objeto de violencia o arbitrariedades por parte del Estado o de los particulares, automáticamente están vulnerando su dignidad humana, y en estos casos, el derecho interno del Ecuador reconoce la reparación integral, y en el derecho penal, el mismo juez competente tiene la facultad de sancionar el delito, y establecer la multa respectiva, además la reparación integral a la víctima. |
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3 |
Arteño-Ramos (2017) |
Derecho constitucional en Ecuador y aspectos sobre la corrupción desde lo penal |
El autor menciona uno de los cambios más representativos a nivel jurídico, el estándar Constitucional 212 numeral 2, el cual establece a la Contraloría General del Estado, la competencia de delimitar responsabilidades civiles y administrativas culposas, e indicios de responsabilidad penal, relacionadas con los elementos y gestiones sujetas a su control, siendo la responsable la Fiscalía General del Estado, todo esto a partir de la Constitución del 2008, lo cual permitió abordar en términos legales temas como el peculado, y otros actos delictivos como la colusión, el enriquecimiento ilícito, el cohecho, entre los principales actos de corrupción que jamás el estado ecuatoriano había sancionado. |
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Restrepo-Echavarría (2015) |
El surgimiento de la democracia constitucional de derechos y justicia en Ecuador |
El autor establece una concordancia con otras posturas, las cuales coinciden que desde el inicio de la “Revolución Ciudadana”, se establece una nueva historia en Ecuador, en la cual se incluyen los procesos de justicia y equidad. Los nuevos medios públicos y la Ley Orgánica de Comunicación creada en este país, fueron avances determinantes dentro del modelo político “Correista”. Es importante resaltar que las políticas establecidas desde aquel momento en que el presidente Rafael Correa llego al poder, fueron complementadas con las propuestas democráticas de Sudamérica, las mismas que iniciaron desde la llegada al poder de Hugo Chávez en Venezuela. |
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Ordóñez-Segarra et al. (2020) |
Análisis de la independencia judicial en la administración de justicia del Ecuador |
Un elemento importante dentro de la administración política de Ecuador, la cual cambió radicalmente a partir de la llegada del “Correísmo”, se encuentra en la organización del Estado de acuerdo a tres principales funciones: ejecutiva, legislativa y judicial. Tanto la historia de América Latina como la de Ecuador, se encuentra marcada por actos de corrupción dentro de lo judicial, resaltando que es una lucha emprendida por sanar este sistema, el cual no ha tenido resultados efectivos dentro de los diferentes gobiernos. Ecuador es un país que se encuentra marcado por la injerencia política dentro de las decisiones judiciales, siendo determinante mejorar la selección de jueces y juezas, para que asuman con transparencia y democracia los diferentes retos que el país enfrenta. |
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Luque-González et al. (2019) |
La justicia indígena en Ecuador: El caso de la comunidad de Tuntatacto |
Una de las problemáticas graves de América Latina, es la historia evolutiva político-social y económica que ha experimentado, siendo una realidad el retraso en cuanto al crecimiento global en comparación con otros continentes. La justicia indígena es respeta dentro de la Constitución de la República del Ecuador, esto a pesar de que irrumpe varios preceptos de derechos humanos. El estado ecuatoriano mantiene un respeto a estas prácticas establecidas de manera ancestral, siendo un cuestionamiento frente a la justicia ordinaria. La constitución de este país acepta la validez de los sistemas propios de los pueblos indígenas, manteniendo una visión política de multiculturalidad. |
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Fonte Carvalho et al. (2022) |
Las penas perdidas: los nudos críticos del sistema carcelario en el Ecuador |
El autor refiere a un hecho ocurrido el 23 de febrero del 2021, donde Ecuador vivió una de las masacres más terribles ocurridas en este país, en la cual murieron 79 reos, poniendo al descubierto de manera internacional las falencias tanto en Derechos Humanos, políticas criminales, el cumplimiento de penas, y el deterioro del sistema carcelario, considerado como política pública de acuerdo a normativas internacionales. Es evidente el fracaso del sistema carcelario y su legitimidad, no existiendo un verdadero sistema de rehabilitación social dentro de este país. Existe una política penal punitivita que lo único que ha conseguido es un encierro masivo en cárceles llenas de factores criminógenos. Es importante mencionar, además, que Ecuador es uno de los países que tienen graves problemas del cumplimiento de Derechos Humanos, y que no ha sido regulado internacionalmente, siendo una de las grandes deficiencias de sus políticas estructurales. La eliminación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos generó más brechas en el país en temas de seguridad. |
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8 |
Guerrero-Vela (2020) |
El hacinamiento carcelario en Ecuador |
Es fundamental mencionar que un estudio realizado en Ecuador, muestra que el procedimiento abreviado puede darse siempre que el procesado asuma su responsabilidad de los hechos cometidos, pudiendo rebajarse su sentencia hasta el 70% (dependiendo de la pena establecida), vulnerando el derecho a la no criminalización. Este hecho permite la condena a inocentes y beneficia a las personas culpables, incrementando injustificadamente desde hace varios años la población carcelaria. En Ecuador existe nuevas cárceles, que han mejorado su estructura física, pero no cuenta con un verdadero sistema de rehabilitación y reinserción social, siendo un espacio de denigración del ser humano, que no tiene en lo absoluto ninguna planificación psicoterapéutica para personas con trastornos antisociales. |
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9 |
Arcos-Erazo et al. (2022) |
Crisis en el sistema carcelario del Ecuador |
Existen tres elementos determinantes que se constituyen como factores de acrecentamiento de la problemática que atraviesan las personas privadas de la libertad en Ecuador, y son: la terrible corrupción de todo el sistema penitenciario, la violación sistemática a los derechos humanos y una grave dependencia del preso a su familia para poder sobrevivir en condiciones inhumanas. El gasto estatal por preso es mayor al normal, a pesar de las condiciones deplorables y antihigiénicas, puesto que se encuentra privatizado parcialmente. Es tan grave la situación que por cada 26 privados de libertad hay un agente, no existe presupuesto para capacitaciones de los guías penitenciarios desde hace años, el SNAI (Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores) indica que existe un déficit de 2.530 agentes en este país. |
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Zambrano-Noles (2016). |
El acceso a la justicia y la tutela judicial efectiva en relación con la seguridad ciudadana en Ecuador. |
En Ecuador la seguridad ciudadana es un sistema que reconoce al Estado como el responsable de garantizar la protección integral de cada uno de sus ciudadanos, se incluyen los gobiernos locales, los sectores sociales, productivos y ciudadanía en general. Es importante destacar el cambio del sistema de justicia de Ecuador, el cual se encuentra constitucionalizado, y ha permitido una equidad as nivel de acceso a las leyes, siendo protagonistas entidades como la Defensoría Pública de este país, los centros de mediación, y la ampliación de servicios legales gratuitos mediante diversas entidades provinciales, y consultorios jurídicos de diferentes universidades |
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Puertas-Barahona & Bermúdez-Santana. (2023). |
La mediación como mecanismo de justicia restaurativa en el Ecuador. |
El abordaje de la justicia restaurativa en Ecuador, puede ser enfocada desde la visión de resolución de conflictos originados por diversos delitos o infracciones dentro de la sociedad. Es importante indicar que, dentro de este contexto, la ciudadanía empieza a asumir un rol activo para subsanar estas problemáticas, en este sentido los mecanismos y practicas restaurativas lo que buscan es la reparación del daño ocasionado a la víctima, contemplando sus necesidades emocionales, sociales y materiales, siendo importante acotar que también se busca limpiar su reputación. Dentro de estos mecanismos de justicia restaurativa destaca la mediación, la cual implica una mayor acción de la comunidad, por otra parte, la mediación penal, es un campo poco explorado a las confusiones existentes con la conciliación penal. |
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Redrobán- Barreto (2021) |
Los Principios del Estado Constitucional de Derechos y Justicia en el procedimiento legislativo en Ecuador. |
Los fundamentos constitucionales son los pilares en los cuales se estructura el régimen jurídico de Ecuador, y aquellos que conforman el proceso legislativo, así como las garantías normativas que se vinculan con los procesos constitucionales. El proceso legislativo es el mecanismo mediante el cual se crean las leyes, los cuales ayudan a garantizar la inviolabilidad de los derechos humanos. Los principios constitucionales se consolidan en la materialización de los derechos, brindando garantías a los ciudadanos ecuatorianos. En fundamental mencionar que el proceso legislativo debe mantener ciertas peculiaridades como ser constitucional, respetar los procedimientos previos y normas. |
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Es importante mencionar el criterio de Arroyo-Baltán et al. (2018) quienes refieren que Ecuador inicia una serie de revoluciones estructurales políticas, con una visión de renovación de la estructura jurídica y legal de la nación, estableciéndose garantías penales, jurisdiccionales, criminales, fusionándose en lo político y jurídico. En este sentido, las etapas del Proceso Penal fundamentado en las leyes de Ecuador, se encuentra estructurado en la fase de instrucción fiscal, intermedia, de juicio e impugnación. Minteguiaga (2012) indica que el país salió de un ciclo neoliberal con la llegada del “Correismo”, sin embargo, están tan arraigadas estas estructuras políticas que ha sido muy complejo para el país desligarse por completo de estas raíces, a partir de las políticas incrementadas desde el año 2007 a la llegada de este movimiento político, inicia el establecimiento de políticas que abordan elementos fundamentales de la sociedad ecuatoriana antes olvidados. En este sentido ambos autores coinciden en los cambios generados durante la década de la “Revolución Ciudadana”, iniciando un nuevo ciclo dentro de la historia sociopolítica y jurídica de esta nación. Se menciona que no existen trabajos investigativos que critiquen o destaquen las falencias de las leyes implantadas desde la nueva constitución de Ecuador.
Acota Jaramillo-Rambay (2022) que los derechos humanos pasaron de ser un solo dogma conocido a una parte esencial de la vida de los ecuatorianos, para ello, todas las instituciones del Estado se encuentran fusionadas para en respetar todos los derechos reconocidos en la Constitución de la República del Ecuador y en los convenios y tratados internacionales. El derecho interno del Ecuador reconoce la reparación integral, y en cuanto al derecho penal de este país, el mismo juez competente tiene la facultad de sancionar el delito, y establecer la multa respectiva, además la reparación integral a la víctima. El aporte de Puchaicela y Torres (2020) es de gran interés desde una visión de los derechos humanos y género, pues indica que, dentro de la nueva constitución de Ecuador, se considera a la familia en temas vinculados a áreas legales y de protección humanitaria que antes no existían, contemplando inclusive la unión de matrimonio entre un hombre y una mujer, demostrando la equidad en cuanto a la concepción estructural de las leyes. En este sentido es posible identificar que las propuestas políticas implantadas por el Econ. Rafael Correa durante su mandato, buscaron una evolución en el abordaje conceptual jurídico, y generar una consciencia social de igualdad y respeto en la sociedad. Son escasos los trabajos que traten sobre problemáticas jurídicas en temas de género y equidad.
Dentro de este contexto jurídico, Arteño Ramos (2017) fundamenta su aporte en la creación del estándar Constitucional 212 numeral 2, creado en el año 2008 dentro del periodo “Correista”, el cual establece a la Contraloría General del Estado, el delimitar responsabilidades civiles y administrativas culposas, e indicios de responsabilidad penal, relacionadas con los elementos y gestiones sujetas a su control, siendo la responsable la Fiscalía General del Estado, la cual puede abordar en términos legales temas como el peculado, y otros actos delictivos como la colusión, el enriquecimiento ilícito, el cohecho, entre los principales actos de corrupción que antes no eran sancionados en Ecuador. Un aporte interesante lo realizan Torres-Paredes & Alarcón-Espinosa (2017) quienes indican que uno de los problemas más grandes que ha atravesado Ecuador es la corrupción, dentro de su estudio demuestra que no existe un control interno frente a esta problemática, a pesar del establecimiento de nuevos delitos penados. La visión de estos autores refleja el nuevo abordaje de las leyes en Ecuador, sin embargo, es tan alto el índice de corrupción arraigado en las estructuras políticas y judiciales, que ha sido posible erradicarlas, recayendo las responsabilidades sancionatorias en Fiscalía General del Estado. Dentro de este contexto se indica que son escasa las publicaciones que enmarquen casos emblemáticos de la justicia ecuatoriana a nivel de corrupción.
Por otra parte, Restrepo Echavarría (2015) ahonda conceptualmente sobre el surgimiento de la democracia constitucional de derechos y justicia en Ecuador, refiere una concordancia con otras posturas, las cuales mencionan que desde el inicio de la “Revolución Ciudadana”, empieza una nueva historia en el país, donde se incluyen los procesos de justicia y equidad. Menciona la creación de nuevos medios públicos y la Ley Orgánica de Comunicación, avances determinantes dentro del modelo político “Correista”. La contribución de Rivera (2018) se centra dentro de este marco jurídico, indica que la libertad de prensa durante el periodo del Econ. Rafael Correa no se vio afectada, refiere que, en el pensamiento del Expresidente, los medios de comunicación se convirtieron en actores políticos negativos, pues olvidaron su verdadera función dentro de la comunicación, lo cual era expresado directamente por su gobierno, sin embargo, a nivel legal, jamás se consideraron prohibiciones dentro de la ley. Se indica que no existen abordajes académicos que exploren a profundidad temas jurídicos relacionados con las leyes de telecomunicaciones de este país.
Entre todos estos cambios de la estructura política y jurídica de Ecuador, Ordóñez-Segarra et al. (2020) resalta que la organización de este país dentro de la administración del Econ. Rafael Correa, se cimentó en tres principales funciones: ejecutiva, legislativa y judicial. Se menciona de manera puntual que la historia de Ecuador se encuentra marcada por la injerencia política dentro de las decisiones judiciales, siendo determinante mejorar la selección de jueces y juezas, para que asuman con transparencia y democracia los diferentes retos que esta sociedad enfrenta. Un análisis de interés es propuesto por Meléndez y Moncagatta (2017), quienes plantean que el “Correismo” deterioró la calidad de la democracia ecuatoriana, y se atropelló una serie de derechos humanos y libertades de expresión, ubicando como ejemplo más claro el cierre de varios medios de comunicación, fundamentados en las nuevas leyes de telecomunicaciones creadas por ese gobierno, otro caso emblemático es la disolución de la Unión Nacional de Educadores (UNE). Un elemento que es posible destacar entre las concepciones de estos dos autores, se centra en la injerencia política dentro de las decisiones legislativas, ejecutivas y judiciales del país. A nivel de publicaciones se menciona el escaso abordaje sobre temas de libertad de expresión y leyes ecuatorianas.
Una visión interesante es planteada por Luque González et al. (2019) quien indica que la justicia indígena es respeta dentro de la Constitución de la República del Ecuador, a pesar de que mantiene una irrupción a varios preceptos de derechos humanos. El estado ecuatoriano mantiene un respeto a las prácticas ancestrales. La constitución de este país acepta los sistemas propios de justicia de los pueblos indígenas, manteniendo una visión política de multiculturalidad. El planteamiento de Carrillo-García y Cruz-Carrillo (2016) se centra en destacar que la justicia indígena no cuenta con un corpus de derecho plasmado de manera escrita, que permita una certeza y solidez en la seguridad jurídica de esta población, la Constitución de Ecuador respeta esta cultura, sin embargo, existen límites basados en estudios sociológicos y antropológicos que impiden ciertos actos en pos de la conservación y respeto a la vida. En base a los criterios de estos autores, es posible identificar que no existe una ley que permita la coordinación entre jurisdicciones, destacando que casos que afecten la vida de las personas indígenas, serán abordados por la justicia ordinaria. Son pocas las publicaciones que tratan casos de leyes indígenas ecuatorianas y derechos humanos.
En cuanto al sistema carcelario de Ecuador, Fonte Carvalho et al. (2022) menciona uno de los hechos que trascendió la historia de este país, acontecimiento ocurrido el 23 de febrero del 2021, donde el país vivió una de las masacres más terribles en la cual murieron 79 reos, mostrando a nivel internacional las falencias en Derechos Humanos, políticas criminales, cumplimiento de penas, y el deterioro del sistema carcelario, considerado como política púbica de acuerdo a normativas internacionales. Las cárceles de este país se encuentran inundadas de factores criminógenos, destacándose que la eliminación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos generó más brechas en temas de seguridad. La contribución de Pontón (2014) se centra en las políticas antinarcóticos dentro del marco carcelario, indicando que en Ecuador existe un muy alto índice poblacional a nivel de las cárceles que ha sido sentenciado por tráficos de poca magnitud, especialmente en las mujeres privadas de la libertad, generando hacinamientos. Estos dos puntos de vista presentados, demuestran la gravedad del hacinamiento que sufren tanto hombres como mujeres en un sistema caduco penitenciario, y en una justicia que aún queda por reestructuraste en diversos temas dentro de Ecuador. Se refiere que son contados los abordajes investigativos sobre justicia penitenciaria en mujeres ecuatorianas.
En lo que refiere a sentencias dentro del sistema judicial de Ecuador, Guerrero Vela (2020) muestra que el procedimiento abreviado puede darse siempre que el procesado asuma su responsabilidad de los hechos cometidos, pudiendo rebajarse su sentencia hasta el 70% (dependiendo de la pena establecida), este hecho vulnera el derecho a la no criminalización, pues permite la condena a inocentes, beneficia a las personas culpables, incrementando injustificadamente desde hace varios años la población carcelaria. En este marco referencial, Tixi-Torres et al. (2021) resaltan que es imprescindible dentro de las sanciones penales en Ecuador, establecer un correcto juicio de tipificidad, pues si no ocurre éste, existiría un perjuicio de gran magnitud a los sujetos procesados, afectando adicionalmente los temas de reparación integral. En estos dos casos se pone a consideración la afectividad de las leyes ecuatorianas, y el correcto actuar de los jueces que imponen las penas. Existen debilidades investigativas en temas vinculados a la reparación integral dentro de la justicia ecuatoriana, centrándose en la violencia intrafamiliar.
El aporte de Arcos-Erazo et al. (2022) se centra en tres elementos determinantes que se constituyen como factores de acrecentamiento de la problemática que atraviesan las personas privadas de la libertad en Ecuador, y son: la terrible corrupción de todo el sistema penitenciario que atraviesa este país desde hace décadas, la violación sistemática a los derechos humanos, y una grave dependencia del preso a su familia para poder sobrevivir en condiciones inhumanas. Se suma a estas problemáticas el gasto estatal por preso, pues es mayor al normal, a pesar de las condiciones deplorables y antihigiénicas, puesto que se encuentra privatizado parcialmente. Palacios (2023) resumen de manera acertada el informe del año 2022 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos referente a las personas privadas de la libertad en Ecuador, indicando una verdadera acefalia en las administraciones y políticas penitenciarias en más de dos décadas, además de indicar un dominio de las organizaciones narco delictivas dentro del sistema carcelario. La postura de estas dos contribuciones radica en la violación de derechos humanos existentes en las cárceles de Ecuador, las cuales se encuentran inundadas de factores criminógenos. No existen publicaciones que aborden justicia, rehabilitación social y psicología dentro de la población privada de la libertad en Ecuador.
Un abordaje interesante lo realiza Zambrano-Noles (2016), quien indica que en Ecuador la seguridad ciudadana es un sistema que reconoce al Estado como el responsable de garantizar y proporcionar la protección integral de cada uno de sus ciudadanos. Entidades como la Defensoría Pública de Ecuador, los centros de mediación, y la ampliación de servicios legales gratuitos mediante diversas entidades y consultorios jurídicos de diferentes universidades, son algunas de las entidades protagonistas que han facilitado el acercamiento a la justicia de este país. De acuerdo a Storini y Guerra (2019), a partir de la constitución del año 2008 en Ecuador, existe una evolución a nivel de justicia dentro de este país, sin embargo, la Corte Constitucional, entidad por la cual atraviesan todos los actos de poder público, mantiene aún una injerencia de carácter político, lo cual pone en duda el carácter de Estado Constitucional. Son limitados los abordajes jurídicos que abarquen el estudio de sentencias íconos dentro del estado ecuatoriano.
En lo que respecta a temas de justicia dentro del país ecuatoriano, Puertas-Barahona y Bermúdez-Santana (2023) indican que la mediación es un mecanismo de justicia restaurativa dentro de este país. Este tipo de abordaje a nivel jurisdiccional, puede ser enfocado desde la visión de resolución de conflictos originados por diversos delitos o infracciones dentro de la sociedad. En este contexto se destaca que la ciudadanía asume un rol activo para subsanar estas problemáticas, siendo el objetivo la reparación del daño ocasionado a la víctima, contemplando sus necesidades emocionales, sociales y materiales, además es importante citar que también se busca limpiar su reputación. El estudio de Machado-López et al. (2018), muestra que la reparación integral del daño moral de acuerdo a la justicia ecuatoriana, queda a criterio subjetivo del juez que lleve la causa, dejando un verdadero vació a nivel del resarcir las agresiones a la víctima, lo cual genera desigualdades y desconfianza dentro de la seguridad jurídica del país. No existen publicaciones que engloben los procesos penales y restauración a la víctima en temas de daños morales en Ecuador.
Desde el enfoque de Redrobán-Barreto (2021), los fundamentos constitucionales son los pilares en los cuales se estructura el régimen jurídico de Ecuador, y aquellos que conforman el proceso legislativo, así como las garantías normativas que se vinculan con los procesos constitucionales. Es fundamental mencionar que el proceso legislativo debe mantener ciertas peculiaridades como ser constitucional, respetar los procedimientos previos y normas. La contribución de Martínez-Avendaño (2024) radica en que los actores de legislación ecuatoriana deben tener mayores niveles de preparación y capacitación actualizada en temas legislativos, además del conocimiento en temas de políticas públicas, estrategias de argumentación y debate, desarrollo de habilidades en temas de consenso, ética, responsabilidad y transparencia. Son nulos los trabajos investigativos en ética y accionar jurídico en Ecuador.
CONCLUSIONES
Los principales elementos de los procesos penales en Ecuador son: la fase de instrucción fiscal, intermedia, de juicio e impugnación. El proceso legislativo es el canal mediante el cual se crean leyes, los cuales buscan la protección de los derechos humanos de los ciudadanos y el cumplimiento de las leyes. En cuanto al sistema de rehabilitación social del país, es posible mencionar que existen leyes penitenciarias para adultos y adolescentes, siendo muy precarias las condiciones de rehabilitación y reinserción social de esta población, que en el caso de las personas mayores de edad vive en condiciones de hacinamiento
De acuerdo al análisis ejecutado es posible definir que la estructura legal y jurídica de Ecuador inicia a partir del año 2008 con la nueva Constitución propuesta por el Econ. Rafael Correa, Presidente de aquel momento, quien mediante este cambio genera una serie de desencadenantes en toda la estructura gubernamental de este país, considerándose temas como la inclusión, la discapacidad, la interculturalidad y la equidad de género, pudiendo evidenciarse una mayor responsabilidad del Estado frente a temas de derechos humanos y cumplimiento de leyes en esferas sociopolíticas que antes no se consideraban.
Conflicto de intereses / Competing interests:
Los autores declaran que no incurre en conflictos de intereses.
Rol de los autores / Authors Roles:
Duvi Lascano-Núñez: Conceptualización, metodología, validación, curación de datos, análisis formal, investigación, recursos.
Edwin Sánchez-Prieto: Investigación, recursos, escritura – borrador, original administración del proyecto.
Leonardo Tarqui-Silva: Metodología, análisis formal, escritura – borrador original, escritura – revisión y edición.
Fuentes de financiamiento / Funding:
Los autores declaran que no recibió un fondo específico para esta investigación.
Aspectos éticos / legales; Ethics / legals:
El autor declara no haber incurrido en aspectos antiéticos, ni haber omitido aspectos legales en la realización de la investigación.
Referencias
- Arcos-Erazo, D. N., Naranjo-Toro, A. P., Mera-Nogales, J. C., & Iglesias-Quintana, J. X. (2022). Crisis en el sistema carcelario del Ecuador. Iustitia Socialis. Ustitia Socialis, 7(2), 1425–1437. https://doi.org/10.35381/racji.v7i2.2393
- Arroyo-Baltán, L. T., Albert- Márquez, J. J., Joza-Mejía, L. C., Muentes-Holguín, B. N., Delgado-Alcívar, C. M., & Aldaz-Quiroz, A. R. (2018). Una mirada al principio de legalidad: A partir de la constitucionalización del derecho penal ecuatoriano. Dominio de las Ciencias, 4(3), 466-491. https://doi.org/10.23857/dc.v4i3.832
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