Revista revoluciones. (2024). Vol. 6 Num. 17. pags. 51-62

Revista revoluciones https://revistas.inudi.edu.pe/rr ISSN: 2710-0499 ISSN-L: 2788-0480 Editada por: Instituto Universitario de Innovación Ciencia y Tecnología Inudi Perú
Artículo original

El Estado como artificio soberano: Una re-lectura filosófica del Leviatán de Thomas Hobbes

DOI: https://doi.org/10.35622/j.rr.2024.017.003

Resumen

Este artículo analiza la teoría del Estado en Thomas Hobbes a partir de su obra Leviatán, reconstruyendo sus fundamentos filosóficos, sus implicancias jurídicas y sus proyecciones contemporáneas. Se parte del estado de naturaleza como hipótesis explicativa del conflicto humano originario, y se examina la transición hacia el orden político mediante el pacto social. A través de una lectura crítica, se aborda la configuración del poder soberano como absoluto, indivisible e irrevocable, y se contrastan estas ideas con teorías posteriores como las de Locke y Rousseau. Finalmente, se discute la vigencia del pensamiento hobbesiano a la luz de los fenómenos actuales como el colapso estatal, el estado de excepción y la tensión entre seguridad y libertad en regímenes democráticos. Se concluye que, Hobbes no debe ser leído únicamente como teórico del absolutismo, sino como un pensador radical de la necesidad política y de las condiciones que hacen posible la vida civil.

INTRODUCCIÓN

La historia del pensamiento político constituye una herramienta fundamental para la comprensión de las estructuras del poder, los fines del Estado y la evolución de las ideas que han moldeado la organización política de las sociedades. Como señala Norberto Bobbio, esta disciplina reviste una doble importancia:

Por una parte, sirve para ubicar algunas categorías generales (comenzando por la categoría misma de lo ‘político’) que permiten analizar y determinar los diversos aspectos del fenómeno político, compararlos entre sí, construir sistemas conceptuales aceptablemente coherentes y comprensivos; por otra parte, permite establecer entre las diversas teorías políticas, que han sido sostenidas en diferentes épocas, afinidades y diferencias (Bobbio, 1989, p. 13).

Más allá de estas funciones destacadas por Bobbio, puede añadirse una tercera: el conocimiento histórico del pensamiento político permite comprender la evolución de los conceptos clave —como soberanía, autoridad, libertad o justicia— desde su origen en las polis griegas hasta los sistemas democráticos contemporáneos. Tal estudio no solo favorece un análisis crítico de la realidad política actual, sino que también proporciona elementos de juicio para situar dicha realidad dentro del marco general de las grandes corrientes del pensamiento occidental.

En el caso latinoamericano, ello resulta aún más relevante, pues permite contrastar las formas políticas adoptadas en la región con los modelos teóricos que las inspiran —o de los que se distancian—, y así vislumbrar tanto sus limitaciones como sus posibilidades de transformación.

En ese contexto, resulta imprescindible abordar el pensamiento de Thomas Hobbes, especialmente a través de su obra Leviatán (1651), uno de los textos fundacionales de la teoría moderna del Estado. En ella, Hobbes no solo desarrolla una explicación del origen del poder político a partir del llamado estado de naturaleza, sino que también ofrece una justificación filosófica de su legitimidad, define sus funciones esenciales y destaca su papel como garante de la paz y la seguridad. El aporte hobbesiano se caracteriza por una visión realista y una estructura argumentativa rigurosamente racional, en la que el miedo, el deseo de conservación y la búsqueda de estabilidad son elementos centrales para comprender el nacimiento de la soberanía.

La figura del Leviatán, que da nombre a la obra, no es una simple metáfora poética ni un adorno retórico. Es, más bien, un símbolo potente y cargado de significación: representa al Estado como una entidad artificial de poder absoluto, creada por los propios hombres mediante un pacto colectivo para sustraerse de la violencia originaria del estado de naturaleza. Como lo advierte Carl Schmitt, la elección de esta imagen mitológica tomada del Antiguo Testamento no es casual:

Citar al Leviatán no tiene, en efecto, la mera función de ilustrar un pensamiento, como es el caso de una comparación esclarecedora de una teoría del Estado o como el de una cita cualquiera, antes bien, evoca un símbolo mítico, lleno de significados recónditos (Schmitt, 2002, p. 77).

Este Leviatán —Dios mortal, máquina política y persona artificial a la vez—representa para Hobbes el único camino posible hacia la paz duradera. El Estado, según esta concepción, debe concentrar en sí la totalidad del poder para garantizar el orden, incluso a costa de la libertad individual. Tal idea ha sido objeto de amplias controversias y ha generado profundas reflexiones sobre el alcance y los límites del poder político. No obstante, más allá de los juicios normativos, la obra de Hobbes constituye un hito insoslayable en la historia de la teoría política moderna. Estudiarla con detenimiento es clave para comprender no solo el origen del Estado moderno, sino también los fundamentos filosóficos de la obediencia, la autoridad y la soberanía.

DESARROLLO

La condición natural del ser humano: una génesis del conflicto político

En la arquitectura filosófica de Thomas Hobbes, el punto de partida es una hipótesis radical sobre la existencia humana antes de toda organización política: el estado de naturaleza (Huanca-Arohuanca & Barria-Asenjo, 2022). No se trata de una etapa histórica, sino de una construcción teórica que permite pensar las condiciones esenciales de la convivencia humana en ausencia de normas jurídicas, instituciones o autoridad legítima. En esta situación originaria, el ser humano se encuentra despojado de toda protección institucional, expuesto a los embates de los otros y guiado únicamente por sus pasiones y el instinto de conservación (Rawls, 2006).

Hobbes parte de una premisa inquietante: todos los hombres son naturalmente iguales, no en virtud de sus talentos o virtudes, sino por la capacidad de destruirse mutuamente. Esta igualdad de poder para causar daño —física o mentalmente—, unida al deseo compartido de preservar la vida y alcanzar placer, genera un escenario inevitable de rivalidad constante. Dado que los recursos son escasos y las voluntades entran en colisión, el conflicto deviene estructural. “Si dos hombres desean lo mismo y no pueden disfrutarlo ambos, se vuelven enemigos” (Hobbes, 1980, p. 105).

La consecuencia de esta competencia sin árbitros es la instauración de una lógica de guerra latente, que no se limita a enfrentamientos bélicos concretos, sino que se manifiesta como una disposición continua a la hostilidad. Hobbes resume esta condición en una de las expresiones más célebres de la filosofía política moderna: la guerra de todos contra todos (bellum omnium contra omnes). “La condición natural del hombre [...] es una guerra de cada uno contra cada uno” (Hobbes, 1980, p. 110).

La desconfianza se convierte así en el principio rector de las relaciones humanas. Cada individuo, anticipando la agresión del otro, actúa preventivamente mediante la violencia. Esta lógica de anticipación, aliada al deseo de poder y al temor a la muerte, termina por disolver cualquier posibilidad de vida en común basada en la cooperación espontánea. Al respecto, Norberto Bobbio ha analizado con agudeza esta estructura del conflicto hobbesiano, subrayando su carácter sistémico: “La igualdad de hecho, unida a la escasez de recursos y a la ausencia de normas, está destinada a generar un estado de competencia despiadada, que amenaza continuamente con convertirse en lucha violenta” (Bobbio, 1989, p. 81).

Sin embargo, Hobbes no clausura su visión en el pesimismo. Introduce un elemento diferencial respecto a los animales: la razón. Esta facultad permite al ser humano reconocer que la guerra perpetua pone en riesgo su supervivencia, y lo conduce a descubrir, mediante un cálculo racional, que la única forma de garantizar su conservación es someterse a una autoridad común que imponga reglas obligatorias para todos. Así, de la propia amenaza emerge la necesidad del pacto, y con él, la idea de Estado.

La formulación hobbesiana ha sido contrastada por otros pensadores contractualistas. John Locke, por ejemplo, sostiene una visión mucho más optimista de la naturaleza humana. En su concepción, el estado de naturaleza es una condición de libertad regulada por la razón, la cual dicta que los hombres deben respetar los derechos ajenos. En este contexto, no hay una guerra constante, sino la posibilidad de convivencia pacífica bajo normas morales universales. La política surge no para reprimir la violencia originaria, sino para garantizar la administración imparcial de la justicia cuando los conflictos surgen (Locke, 1986, p. 113).

Por otro lado, Jean-Jacques Rousseau da un giro radical a esta línea. Para él, el hombre es naturalmente bueno, libre e inocente, y es la sociedad —particularmente la propiedad privada y las instituciones— la que introduce la desigualdad y la corrupción. Su ideal no consiste en reforzar el poder estatal para controlar al hombre, sino en reconstruir un orden político justo donde se armonicen la voluntad individual y la voluntad general: “Cuando no se puede ser ciudadano con las más gratas virtudes, sólo queda ser hombre” (Rousseau, 2004, p. 174).

Estas divergencias reflejan no solo distintas concepciones sobre la naturaleza humana, sino diferentes maneras de entender el fundamento de la autoridad política. Mientras Hobbes erige el Estado como un artificio necesario para contener la violencia, Locke lo entiende como garantía de derechos preexistentes y Rousseau como el instrumento para realizar la libertad colectiva.

La originalidad de Hobbes reside en que funda el orden político no en la virtud ni en la sociabilidad natural del ser humano —como pensaba Aristóteles—, sino en su fragilidad, su temor, su egoísmo y su cálculo racional. La política, en su obra, no es la expresión de la excelencia humana, sino la única vía posible para escapar de la destrucción mutua. Por eso, para Hobbes, el Estado no es una comunidad moral ni una asociación de fines comunes: es una maquinaria de poder creada por el miedo y legitimada por la necesidad.

El nacimiento del Estado y la configuración de la soberanía: una arquitectura del poder absoluto

En la propuesta filosófico-política de Thomas Hobbes, el Estado no es una creación espontánea ni el resultado natural de la evolución social, sino una construcción deliberada destinada a poner fin a una condición originaria de desorden y violencia. La lógica de esta transición se articula mediante un razonamiento que comienza en el reconocimiento de la vulnerabilidad humana y concluye con la necesidad de establecer una autoridad suprema, capaz de imponer el orden y garantizar la existencia colectiva. Este paso del caos a la normatividad constituye, para Hobbes, un giro fundacional que da lugar al Estado como fictio iuris, una entidad artificial dotada de poder absoluto sobre sus miembros (Pinilla-Rodríguez & Sánchez-Recio, 2020).

La clave de este paso está en el pacto social, un acuerdo entre todos los individuos por el cual cada uno renuncia a ejercer su derecho natural a favor de una figura soberana. Esta figura no es un simple administrador, sino un verdadero artífice de la comunidad civil. Hobbes lo llama Leviatán, evocando una imagen bíblica cargada de fuerza simbólica. En sus propias palabras, el Estado es:

Una persona de cuyos actos una gran multitud, mediante pactos mutuos entre sí, ha constituido como su representante, con el fin de que pueda usar la fuerza y los medios de todos, como él lo juzgue necesario, para asegurar su paz y defensa común (Hobbes, 1980, p. 132).

El Leviatán no surge por imposición, sino por racionalidad colectiva. Cada individuo, guiado por su instinto de autopreservación y su temor al retorno de la guerra, acepta renunciar a su libertad irrestricta. El Estado, así concebido, no es un ente natural ni una comunidad moral, sino una máquina de poder, una ficción jurídica con autoridad ilimitada para preservar la paz.

Ahora bien, esta autoridad soberana se caracteriza por tres rasgos fundamentales: absolutismo, indivisibilidad e irrevocabilidad. Estas propiedades no son arbitrarias; se derivan de la lógica interna del sistema. Si el poder no es absoluto, no podrá impedir que surjan nuevas disputas; si se divide, se fragmenta la voluntad común; si es revocable, queda a merced de los caprichos del momento. En otras palabras, el Leviatán debe ser omnipotente para cumplir su función pacificadora.

El absolutismo soberano: entre necesidad y legitimidad

En Hobbes, el absolutismo no es una forma de despotismo, sino una respuesta institucional al dilema existencial planteado por el estado de naturaleza. El soberano concentra en sí el derecho de legislar, juzgar, declarar la guerra y la paz, controlar la educación, incluso decidir sobre asuntos religiosos. Esta concentración de poder no es resultado de una voluntad de dominación, sino de una exigencia estructural del pacto: sólo un poder indiviso puede garantizar la unidad del cuerpo político (Volpato, 2017).

Para muchos críticos, esta concepción ha sido leída como una apología del autoritarismo. Sin embargo, un análisis más atento revela que Hobbes no fundamenta su teoría en una voluntad de poder, sino en una antropología del miedo y una filosofía de la necesidad. El individuo hobbesiano no busca obedecer por inclinación moral, sino porque ha comprendido racionalmente que solo bajo una autoridad incuestionable puede vivir sin temor a ser destruido.

En este sentido, el absolutismo hobbesiano no es ni un capricho normativo ni una nostalgia por el viejo poder monárquico, sino una respuesta arquitectónica a la anarquía estructural. Como sostiene Carl Schmitt, el Leviatán es una figura que sintetiza la técnica de la obediencia mediante el símbolo del miedo: “Es una imagen política del dios mortal que impone la unidad mediante la amenaza, y asegura la continuidad del orden gracias a su invulnerabilidad jurídica” (Schmitt, 2002, p. 93).

La indivisibilidad del poder: contra el pluralismo y la fragmentación

Una de las tesis más polémicas de Hobbes es su rechazo total a la división de poderes. En contraste con las teorías posteriores de Montesquieu y Locke, Hobbes considera que fraccionar el poder estatal equivale a disolver la unidad soberana. Para él, las funciones legislativa, ejecutiva y judicial no pueden residir en órganos distintos, ya que todas derivan de una única fuente de legitimidad: el soberano.

Esta concepción excluye por completo cualquier forma de equilibrio institucional. En la teoría hobbesiana, el poder no se controla horizontalmente, sino que se ejerce de forma centralizada y vertical. La pluralidad es vista como un riesgo de disolución, no como una garantía de libertad. En el Leviatán, no hay espacio para contrapesos internos; el único límite posible al poder es su propia eficacia: si deja de asegurar la paz, pierde su razón de ser (Aron, 1987).

A diferencia del contractualismo liberal, que confía en el diálogo y la autorregulación institucional, Hobbes parte de una visión más cruda del ser humano: la política no es diálogo, sino contención; no es cooperación moral, sino administración del miedo. Por ello, el poder político debe ser indivisible, como lo es la voluntad que lo funda.

La irrevocabilidad del pacto: fundamento de la permanencia del Estado

Otro elemento distintivo de la propuesta hobbesiana es la imposibilidad de rescindir el pacto social una vez celebrado. A juicio del autor, el contrato que da origen al Estado es un acuerdo entre los individuos, no entre ellos y el soberano. Este último no es parte del pacto, sino su beneficiario. Por lo tanto, no existe base jurídica para que los ciudadanos revoquen la soberanía sin romper el pacto entre ellos. Como explica Bobbio, esta estructura implica que ni siquiera una mayoría puede disolver el Estado legítimamente, ya que el acuerdo fue celebrado por la totalidad: “El pacto, al haber sido suscrito por todos, no puede ser deshecho, por una parte; y como fue hecho a favor de un tercero —el soberano—, requiere su consentimiento para ser anulado” (Bobbio, 1989, p. 97).

Esta tesis es radical, pero coherente con la lógica interna del sistema: la estabilidad del orden político depende de la continuidad del poder soberano. Cualquier apertura a la reversibilidad del pacto abriría nuevamente la puerta a la anarquía.

¿Un poder sin límites? Las excepciones a la obediencia

Aunque Hobbes postula un poder soberano sin restricciones formales, reconoce límites naturales a la obediencia. El primero y más importante es el derecho a la vida: ningún individuo está obligado a obedecer órdenes que atenten directamente contra su supervivencia. El soberano no puede exigir que un hombre se suicide, se mutile o se deje morir pasivamente.

Esta excepción revela que el derecho a la vida persiste incluso dentro del pacto, y que la desobediencia es legítima cuando el Estado viola su propia justificación: proteger al individuo. Esta es una zona de sombra en la teoría hobbesiana, que muestra que ni siquiera el absolutismo más riguroso puede eliminar por completo la resistencia legítima cuando se cruza la línea de lo inhumano.

Discusión contemporánea: la vigencia del modelo hobbesiano

Más de tres siglos después de la publicación del Leviatán, el pensamiento político de Thomas Hobbes sigue ejerciendo una influencia profunda y persistente en los debates contemporáneos sobre el poder, el orden y la autoridad. Lejos de ser una reliquia de la filosofía moderna, su teoría del Estado continúa ofreciendo herramientas conceptuales para interpretar fenómenos actuales de crisis institucional, emergencia de autoritarismos, y reconfiguración del contrato social.

Uno de los puntos de mayor actualidad en el pensamiento hobbesiano es su diagnóstico sobre la fragilidad de la vida en ausencia de autoridad legítima. La experiencia contemporánea de Estados fallidos, zonas sin soberanía efectiva o sociedades fragmentadas por guerras civiles, confirma de forma trágica la intuición hobbesiana: sin un poder que monopolice la violencia legítima, el individuo queda expuesto a una amenaza constante. El caos en Libia tras la caída de Gadafi, la implosión de Siria o el debilitamiento del Estado en Haití son ejemplos donde la guerra de todos contra todos deja de ser una metáfora filosófica para convertirse en una experiencia tangible.

Por otro lado, la concepción hobbesiana de un Estado fuerte como garante de la paz ha sido recuperada por diversas corrientes que defienden la necesidad de reforzar las instituciones ante el debilitamiento del orden liberal. En contextos donde la confianza en los parlamentos, los sistemas de justicia o los partidos políticos se erosiona, resurgen voces que —consciente o inconscientemente— abogan por figuras de liderazgo fuerte, centralización del poder y subordinación del pluralismo a la unidad. Autores como Pierre Manent han advertido que “la descomposición del cuerpo político moderno” se vincula con la pérdida del principio de soberanía fuerte que Hobbes formuló como respuesta a la anarquía (Manent, 2000, p. 55).

En el plano de la teoría política, el legado de Hobbes se manifiesta también en los debates sobre el estado de excepción. Juristas como Giorgio Agamben han reinterpretado la noción hobbesiana del Dios mortal como figura que concentra el poder de decidir sobre la vida y la muerte, especialmente en situaciones donde el orden legal es suspendido. En esta lectura, el soberano es quien decide cuándo se abandona el estado de derecho en nombre de su preservación, reproduciendo así el gesto fundacional del Leviatán (Agamben, 2004; 2020).

Asimismo, el pensamiento hobbesiano ha sido revisitado desde la teoría de la gobernanza en tiempos de crisis. Durante la pandemia de COVID-19, se observaron medidas excepcionales adoptadas por muchos Estados, incluyendo confinamientos masivos, restricciones de derechos fundamentales y controles estrictos sobre la movilidad y la información (Huanca-Arohuanca, 2020; 2023). Estas medidas, aunque justificadas por la necesidad de proteger la vida, suscitaron preguntas sobre el equilibrio entre seguridad y libertad, retomando de forma tácita las tensiones que Hobbes había formulado entre el miedo a la muerte y la cesión de autonomía.

Sin embargo, también se han alzado críticas contemporáneas al modelo hobbesiano. Desde las teorías del republicanismo y la democracia deliberativa, se le acusa de concebir la política como pura técnica de orden, excluyendo el debate público, la participación y la pluralidad. Hannah Arendt, por ejemplo, sostuvo que Hobbes contribuyó a borrar la distinción entre poder y violencia, reduciendo la política a una administración de cuerpos más que a un espacio de libertad (Arendt, 2005, p. 159). De ahí que su modelo resulte insuficiente para sociedades complejas y democráticas, donde la legitimidad no puede sustentarse exclusivamente en el miedo, sino en la deliberación, el reconocimiento mutuo y la igualdad política.

No obstante, incluso estas críticas reconocen que la matriz hobbesiana revela con crudeza una verdad incómoda: la política nace de la necesidad de contener el conflicto, y toda comunidad política requiere de un principio de cohesión que evite su disgregación. En este sentido, Hobbes no debe leerse como un defensor del autoritarismo, sino como un pensador de la urgencia, de las condiciones mínimas que hacen posible el vivir en común.

Así, el Leviatán no es solo una obra sobre el absolutismo, sino una anatomía filosófica del poder político ante la precariedad de la condición humana. Su vigencia no radica en sus soluciones normativas, sino en la profundidad con la que plantea las preguntas fundamentales: ¿Qué estamos dispuestos a ceder para vivir seguros? ¿Qué riesgos entraña una libertad sin límites? ¿Cómo se sostiene el orden en tiempos de ruptura? Estas preguntas, más que nunca, interpelan a las democracias contemporáneas en su lucha por conjugar seguridad, libertad y justicia.

CONCLUSIONES

El pensamiento de Thomas Hobbes, articulado magistralmente en Leviatán, constituye una de las piedras angulares de la filosofía política moderna. Su concepción del Estado como construcción artificial derivada de un pacto entre individuos no sólo inaugura una nueva manera de pensar la soberanía, sino que también pone en evidencia las condiciones mínimas necesarias para la existencia de la vida en sociedad.

En primer lugar, Hobbes demuestra que el conflicto no es una anomalía ocasional, sino una posibilidad constante allí donde no existe autoridad legítima. Desde esta perspectiva, el Estado no es una opción entre otras, sino una exigencia racional impuesta por la lógica de la autoconservación. La figura del Leviatán, lejos de ser una apología del despotismo, es una respuesta teórica a la amenaza existencial de la anarquía.

En segundo lugar, su concepción del poder soberano como absoluto, indivisible e irrevocable se presenta no como capricho autoritario, sino como consecuencia lógica del principio fundacional del orden político: la unidad del poder como condición de posibilidad de la paz. Hobbes comprendió que la fragmentación de la autoridad equivale al retorno del conflicto, y que la estabilidad institucional exige una centralización del mando.

En tercer lugar, a pesar de su aparente dureza, el modelo hobbesiano no niega completamente los límites del poder. La subsistencia del derecho a la vida, incluso en el marco de un poder absoluto, revela que el soberano está vinculado a su función esencial: garantizar la protección de los individuos. Cuando el Estado no cumple esta función, su legitimidad se ve cuestionada.

Finalmente, las implicaciones contemporáneas de la teoría hobbesiana son múltiples. En un mundo marcado por crisis políticas, colapso institucional y nuevos autoritarismos, el pensamiento de Hobbes ofrece un marco para repensar el vínculo entre seguridad y libertad, y para advertir que la existencia política no es nunca un hecho dado, sino una construcción frágil que requiere cimientos sólidos.

Conflicto de intereses / Competing interests:

Los autores declaran que no existió ningún conflicto de intereses.

Rol de los autores / Authors Roles:

Adderly Castro Villena: Teorización, investigación, recursos, supervisión, visualización, administración del proyecto, escritura preparación del borrador original, escritura revisar & amp; edición, recolección archivos, codificación abierta, estructuración, teorización, preparación del borrador.

Karla Reyna Chalco Luque: Investigación,  recursos,  supervisión,  visualización,

administración del proyecto, escritura -preparación del borrador original, escritura revisar & amp; edición, recolección archivos, codificación abierta, estructuración, teorización, preparación del borrador.

Fuentes de financiamiento / Funding:

Los autores declaran que no recibió un fondo específico para esta investigación.

Aspectos éticos / legales; Ethics / legals:

Los autores declaran no haber incurrido en aspectos antiéticos, ni haber omitido aspectos legales en la realización de la investigación.

Referencias

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