Resumen
En la educación y sobre todo en la formación de profesionales, es indispensable entender y precisar las distintas maneras de adentrarse en el mundo práctico, donde las universidades o instituciones de educación superior deben ser promotores de este aspecto. Debido a esto, la presente investigación tuvo como objetivo principal analizar en el marco del ejercicio de las clínicas jurídicas como un fenómeno divergente, que se dirige a conformar una ampliación de la dinámica en los consultorios jurídicos que operan en Colombia. Para ello, se realizó un estudio descriptivo y sistemático basado en el análisis de los distintos resultados académicos propuestos alo largo del desarrollo e implementación de esta figura en los consultorios jurídicos de universidades en Colombia, sin ahondar de manera estadística. En primer lugar, se realizó una contextualización sobre su desarrollo histórico; seguido del análisis desu implementación como fenómeno divergente y finalmente se mencionó las implicaciones que se tienen y las necesidades por mantener una constante innovación para la formación de profesionales adaptados a las nuevas realidades sociales.
Palabras clave
1. INTRODUCCIÓN
Para el desarrollo de esta investigación se requiere observar cómo es el funcionamiento actual de los consultorios jurídicos, visto desde el espectro normativo y a ello agregarle un supuesto sobre cuáles debería funcionar y de luego entender la divergencia de las clínicas jurídicas en los consultorios jurídicos.
A saber, a mediados de 1940, el jurista Jerome Frank, siendo docente de la universidad de Yale, propuso las clínicas jurídicas para los estudiantes de derecho, con el fin de que, por medio de la práctica jurídica, los estudiantes aprendieran nuevos métodos de aprendizaje, para fortalecer su formación educativa. Así, se considera que los consultorios jurídicos en Colombia deben evolucionar con los practicantes-investigadores a través de las clínicas jurídicas en las diferentes áreas del derecho, con el fin de prepararlos por medio de la enseñanza y el aprendizaje, y fomentar la adquisición de nuevas estrategias jurídicas para el buen desarrollo educativo del estudiante de la facultad de derecho.
Igualmente, los estudiantes en el consultorio jurídico deben participar en la atención del público, con el apoyo de los docentes, quienes sirven de guía y soporte a los educandos, para que estos últimos adquieran mejores conocimientos sobre el contexto jurídico, y aporte a su formación profesional. Razón que debe ser considerada frente al comparativo con las funciones que se desempeñan en las clínicas jurídicas bajo el entendido de litigio de alto impacto y justicia social.
Por lo tanto, es indispensable entender que el desarrollo del consultorio jurídico es de carácter teórico y práctico, con el fin de que los estudiantes por medio de su actuación en las clínicas jurídicas, salgan mejor preparados, no solo para el desempeñarse como abogados, sino para que sean mejores profesionales y le puedan servir y aportar lo mejor a la sociedad, esto en virtud a la garantía del acceso a la administración de justicia y a la justicia social propia del Estado Social de Derecho (Cortéz, 2015).
Lo anterior, se enmarcará en un primer apartado, empezando con el contexto histórico en el entendido de la incursión de las clínicas jurídicas en Colombia, su operatividad, el método y los factores pueden estar sujetos a variaciones y ajustes conforme a las necesidades propias de la sociedad, quienes fungen como usuarios del servicio (Almanza, 2010). Para el segundo apartado, analizaremos la implementación de las clínicas jurídicas al interior de los consultorios jurídicos, la normativa de estos y las herramientas con las que deberían contar los estudiantes para el estudio y desarrollo de cada caso asignado. Finalmente, para cerrar con un tercer apartado, tocaremos lo concerniente a las implicaciones de la necesidad de innovar en la práctica de los estudiantes, trayéndolos más a la realidad fáctica y aterrizando tanto al docente, como al que toma el servicio, de la verdadera finalidad de los consultorios jurídicos, para ello será importante haber entendido ¿cómo opera el proceso de divergencia de las clínicas jurídicas en la actualidad de los consultorios jurídicos para la formación de estudiantes de derecho?
Lo anterior, surge como necesidad de describir y, por lo tanto, comprender las dinámicas educativas y prácticas que giran en torno al ejercicio de los abogados, pues si bien la prestación de estos servicios en los centros educativos promueve dos cosas: por una parte un acercamiento del estudiante a la realidad de su actividad profesional y, por otro lado, una ayuda a la comunidad en tanto se presenta como un servicio gratuito. A su vez, la figura de las clínicas jurídicas surge como el estudio de la ciencia y tiene un enfoque en investigación, lo cual implica que haya un criterio adicional para reconocer los diversos fenómenos que giran en torno al derecho y el contexto socio jurídico.
Por cuanto cabe resaltar que, el valor de reivindicar el ejercicio de los consultorios jurídicos en Colombia, como un auge importante en la sociedad colombiana, ha estado en cabeza de las diferentes universidades del país, con sus respectivas facultades de derecho, las cuales han servido de formación a los alumnos con el fin de proyectarlos a ser abogados con principios éticos y morales. Según Recale, Blanco y Bonilla “los consultorios jurídicos, además, articulan sus proyectos de manera que puedan contribuir a la materialización del derecho al acceso a la justicia de las personas de bajos recursos socioeconómicos” (2017, p. 4).
Lo anterior, hace alusión a que todas las universidades tanto públicas como privadas con facultad de derecho, deben prestar un servicio social a todas las personas de bajos recursos, con el fin de asesorarlos y orientarlos con sus problemas jurídicos especialmente en las áreas del derecho privado, laboral, público y penal. Escenario que pretendemos hacer ver a modo de ampliación práctica tanto para que el estudiante afiance sus conocimientos, como para que los usuarios se beneficien de la diversidad en materia de derecho.
Así mismo, para Velásquez (2012) “los consultorios jurídicos y los estudiantes de derecho en sus prácticas, a partir de la vocación social, entendida como la calidad de abogados de pobres dentro de la mínima cuantía” (p. 3). Con esto, el autor hace referencia a que los estudiantes de la facultad de derecho en sus últimos semestres están en la obligación de prestar el servicio social a todas las personas de bajos recursos, servirles y representarlos como lo describe la Ley 583 del 2000, bajo la dirección de los docentes, quienes serán asignados por la facultad de derecho de cada institución. Cárdenas y Mendieta (2015) proponen que:
el escenario donde se puede lograr con mayor eficacia la práctica desarrollada del consultorio jurídico se debe abordar en replantear a los docentes-asesores, para ser docentes-tutores que medien en el conocimiento y desarrollen a la par, con la resolución de los casos particulares que traen los usuarios, la posibilidad de solucionar problemas de índole social (p. 70)
Lo anterior, indica que los docentes y estudiantes deben trabajar mancomunadamente, con el fin de que el pedagogo enseñe conforme a sus capacidades profesionales, conocimientos empíricos, como abogado y tutor en el consultorio jurídico, para que el educando aprenda por medio de la práctica, los métodos de solución y asesoría que se le deben dar a la persona que solicita su recomendación jurídica y siempre prestantes docentes y alumnos a la comunidad sobre el servicio social jurídico correspondiente (Cárdenas, 2015).
Por cuanto, los docentes del siglo XXI, tienen el compromiso de enseñar a sus alumnos por medio de la praxis jurídica, con base a lo que sucede en torno a la sociedad y el diario vivir, dado que, por medio de los consultorios jurídicos, los educandos al lado de sus estudiantes, deben aprender a solucionar y resolver los casos conforme a criterios reales y bajo las premisas de necesidad que pueda surgir en los escenarios de desamparo económico y para la población que no cuenta con los recursos suficientes para realizar sus consultas jurídicas con un profesional.
Los consultorios jurídicos, día a día deben ofrecer y prestar mejor su servicio social a la comunidad, no solo dentro de la institución, sino fuera y en especial al servicio de las comunidades de bajos recursos, por medio de brigadas jurídicas especiales y acompañamiento a las personas en procesos de menor cuantía y de conciliación, siempre con la dirección y participación del director del consultorio jurídico y los docentes.
Figura 1.
Triangulación de trabajo en el consultorio jurídico
Fuente: elaboración propia.
La anterior figura, es una triangulación de trabajo mutuo entre el director del consultorio jurídico, los docentes y los estudiantes, estos últimos están para adquirir mejores conocimientos y experiencia dentro del medio jurídico y así poder apoyar y asesorar a la comunidad, la cual tomaremos como referencia en la presente investigación para graficar la formalidad implícita de los consultorios jurídicos, dado que promueven que este tipo de sincronías profesionales resulten limitadas.
De manera que, las competencias profesionales necesarias para corresponder a las dinámicas sociales del siglo XXI deben ser ajustadas desde la posición del docente-tutor y del estudiante, en el cual cada uno asume un enfoque y una metodología pertinente para el estudio de cada caso.
Como lo propone Cárdenas y Mendieta (2015) en palabras de Jaimes (2009), el enfoque pedagógico que se propone al docente de derecho es aquel que se dedica a resolver problemas. En este, “la idea fundamental radica en que el pensamiento tiene su origen en una situación problemática que los estudiantes, en cooperación, deben resolver, mediante actividades planeadas. Lo que se pretende es que el alumno no perciba diferencia entre la vida cotidiana y la vida escolar” (p. 69).
Para ello, cada sujeto cuenta con un rol que debe desempeñar conforme a su posición en el consultorio jurídico. El docente siendo la guía frente al proceso de aprendizaje, enseñanza, autonomía y visión objetiva del caso conforme a la experiencia con la que cuenta; y el estudiante, comprometido con su ejercicio de aprendizaje y formación en derecho, desde la academia hasta la vida práctica, consultando, permitiendo la orientación y cuestionando individualmente su proceso profesional.
Como consecuencia de la apreciación preliminar, los consultorios jurídicos dotados de herramientas, tanto en el personal capacitado, como en las asignaturas previas que conforman la base para el entendimiento, desarrollo y ejecución de la resolución de problemas jurídicos. Situación ésta, que afianza la perspectiva formadora de las clínicas jurídicas, particularmente desde la propuesta de un método educativo efectivo para obtener un mejor ejercicio y formación de los abogados en Colombia, puesto que lo que se pretende vislumbrar, es precisamente la ampliación del marco pedagógico y hacerlo extensivo no solo a docente y estudiantes, sino propiamente a los sectores vulnerables, afianzar la regulación respecto a las clínicas jurídicas y proponer que no se perciban estas dos instituciones como contextos apartados, por el contrario lograr una incursión total de la clínica en el Derecho.
Con todo lo anterior, se precisa que esta investigación propenderá por el estudio y análisis, de manera breve, sobre la importancia académica y profesional que denotan las clínicas jurídicas en los consultorios jurídicos. Situación de gran relevancia, porque si bien, cada consultorio, bajo la premisa de que los mismos representen el ejercicio de la labor social, en la práctica, deberán contar con elementos estrictos en la formación de los estudiantes y de los docentes-asesores como manera de fortalecimiento en la investigación científica de las ciencias sociales.
2. MÉTODO
La metodología que se implementó para lograr el objetivo propuesto fue socio-jurídica con la cual nos basamos de referentes doctrinales y normativos. Con ello se tienen en cuenta los postulados del autor Agudelo (2018), quien afirma que de las prácticas jurídicas se derivan los procesos de investigación científica con dos funciones principales: i) generar conocimientos nuevos sobre aquellos que existen con anterioridad y ii) determinar en qué circunstancias un conocimiento es falso o verdadero. Por ello, se partió de un contexto descriptivo o cualitativo en principio, para poder determinar los criterios que a bien darán una aproximación a la importancia que tiene lo concerniente al análisis jurídico en la academia, tanto para las universidades, como para los estudiantes y en gran medida a los usuarios que adquieren el servicio de consultorio jurídico respecto a la incursión de las clínicas jurídicas en Colombia en el ámbito académico y práctico, en el ejercicio de herramientas pedagógicas y educativas. A su vez, se muestra cómo se presenta la dinámica de las clínicas jurídicas basadas en el método científico que permite ser aplicado a los diversos escenarios como lo son las ciencias sociales, en este caso, el derecho y el ejercicio social de los abogados.
3. RESULTADOS Y DISCUSIÓN
a) Contexto histórico de los consultorios jurídicos y la incursión de las clínicas jurídicas en Colombia.
Los consultorios jurídicos surgen como consecuencia del intercambio de saberes jurídicos entre Estados Unidos y Colombia, en el periodo comprendido entre 1961 y 1971. Estos dos gobiernos fueron los encargados de modular los procesos relacionados al trasplante de consultorios jurídicos a Colombia, fortaleciendo de esta manera las relaciones entre Norteamérica y Latinoamérica, ambiente que también contó con el apoyo de organizaciones internacionales, como la fundación Ford, la cual aportó con fondos y personal para capacitaciones. Este trasplante en Colombia se hizo bajo la administración de Carlos Lleras Restrepo y se formalizó en la administración de Misael Pastrana Borrero, en Estados Unidos la administración estaba a cargo de John F. Kennedy y Lyndon Johnson (Recalde, Blanco, & Bonilla, 2017).
Gracias a esta intervención, se consolidan nuevas maneras de entender y aprender el derecho. Lo que nosotros en Colombia asumimos como consultorios jurídicos, en Estados Unidos era el conjunto de prácticas que se denominaban clínicas jurídicas, pues para ellos resultaban apreciarse como instituciones de similar proceder, así lo consideran Recalde, Blando y Bonilla (2017).
Con el listado de las necesidades que surgían respecto a los métodos y maneras de incrementar la efectividad en la enseñanza de los practicantes, en la facultad de jurisprudencia de la Universidad del Rosario, basados en la escuela de realismo jurídico norteamericano y aludiendo a las teorías del derecho con un enfoque clínico, desarrollaron la implementación de la enseñanza de la medicina, en la enseñanza del derecho. Situación que propone, a través de casos reales, afianzar los conocimientos empíricos de los futuros abogados (Almanza, 2010).
Las clínicas jurídicas nacen, entonces, en los consultorios jurídicos, con el fin de mejorar la calidad de la educación del estudiante por medio de nuevas prácticas pedagógicas que los docentes deben transferir a sus educandos para fortalecer sus destrezas y habilidades dentro del derecho en general, el litigio y fomentando la investigación jurídica, herramientas que servirán en el ejercicio de la profesión. No obstante, no han tenido una regulación formalmente asentada en términos jurídicos, como si lo están los consultorios jurídicos en Colombia a través de la Ley 583 de 2000.
Igualmente, las clínicas jurídicas no solo están encaminadas a la preparación y aprendizaje entre docentes y alumnos, sino también a atender los casos de la población que así lo requiera de manera gratuita, que, por medio del servicio social que presta el consultorio jurídico con sus docentes y alumnos, este último, adquiere más conocimiento de la vida cotidiana y real que vive la respectiva comunidad y sirve como fundamento para el desempeño profesional.
Las Clínicas Jurídicas, poseen una “bifuncionalidad”, frente a la labor de hacer justicia, pues, por un lado, procura la formación de nuevos profesionales bien capacitados que se esmeren por el fin supremo de la justicia y por otro lado se busca prestar un servicio para garantizar los derechos ciudadanos en casos de interés público (Almanza, 2010, p. 78).
Conviene distinguir, por ende, que las clínicas jurídicas en una primera impresión resultan ser elementos institucionales más completos en términos de método y resultados, no está de más desconocer que los fundamentos clínicos aplicados al entendimiento de la ciencia jurídica aporta un nuevo espectro en la dinámica del derecho.
Imagen 2.
Características del método clínico
Fuente: Erika Castro (s.f.) Información general- clínica de interés público. Facultad de derecho- Universidad de Medellín. https://udem.edu.co/index.php/clinica-juridica-de-interes-publico/clinica-juridica-informacion-general
La anterior figura, expone las características principales del método clínico que se implementa en la ejecución de las actividades jurídicas, al interior del consultorio jurídico, entre el director, los docentes, alumnos y el público. Así mismo, es de tener en cuenta, que la enseñanza parte del docente, por medio de la teoría y la práctica, la cual se fundamenta en los casos reales que los consultantes llevan a los consultorios jurídicos para que, en conjunto entre el educando y el pedagogo, le den solución y asesoría a la respectiva consulta de cada usuario.
Aunado a lo que antecede, los alumnos fortalecen e incentivan, la parte oral y escrita, por medio de las prácticas jurídicas que hacen dentro del consultorio jurídico y que le servirán para su futuro como abogados y litigantes del derecho (Higuita, 2018).
Las clínicas jurídicas, dentro del consultorio jurídico en Colombia, deben ser una actividad académica, que por un lado sea innovadora alternativa para la enseñanza del derecho y por otro una práctica que estreche los vínculos entre la academia y la comunidad en la que estas se insertan (Duque & González, 2008, p. 5).
Esto hace alusión a que, las clínicas jurídicas son base fundamental para que el estudiante al lado de sus docentes desarrolle métodos innovadores para la enseñanza y aprendizaje del derecho, fortaleciendo su criterio argumentativo, social y profesional, a través de la academia y los resultados de investigación que se propongan en materia de estudio relativos a los casos que se presenten en las sesiones de asesoría. Es de tener en cuenta que Duque y González (2008), nos dicen que las clínicas jurídicas, más allá de un lugar donde se llevan a cabo procesos litigiosos por parte de los estudiantes de derecho en formación guiados por un profesor, son un espacio curricular que posibilita la popularización del derecho y una verdadera circulación del conocimiento entre el profesor – estudiante y usuarios.
Pues, más allá de que los estudiantes con sus docentes asesoren a la comunidad, es un espacio importante para que la sociedad se acerque a estos complejos educativos universitarios, en sus respectivas facultades con el ánimo de permitir que este conocimiento llegue a los diferentes sectores vulnerables de la población, vislumbrando la educación como una ampliación o extensión de sus receptores o conocedores (Quintero, Duque, & Duque, 2016). Por ejemplo, en universidades nacionales que cuentan con clínicas jurídicas, promueven proyectos sociales importantes en materia de conflictos ambientales, población vulnerable como lo son los indígenas, madres cabeza de familia, derechos humanos, sistema penitenciario y carcelario, entre otros. De ahí la importancia de que todas las universidades promuevan el aprendizaje clínico jurídico (Universidad de los Andes, 2014).
Figura 3.
Esquema consultorio jurídico.
Fuente. Elaboración propia
La anterior infografía, nos presenta el camino y trabajo que se sigue sobre las clínicas jurídicas, las cuales, parte desde la dirección del director del Consultorio Jurídico y se desarrollan entre los docentes y los alumnos mancomunadamente, con las diferentes áreas del derecho (Civil, Público, Penal y Laboral), con las respectivas asesorías que se le brindan a los usuarios y comunidad, dando como resultado el cumplimiento del servicio social del cual se les asigna a todas las facultades de derecho en Colombia en sus últimos años del pregrado.
No obstante, considerando la popularización del derecho como herramienta de ampliación pedagógica del ejercicio del derecho, los consultorios jurídicos resultan bastante formalistas y limitados, a diferencia de las clínicas jurídicas que imparten un deber social más amplio, asumiendo retos colectivos de mayor envergadura y promoviendo el conocimiento al alcance del entendimiento del derecho a poblaciones que antes no se tenía en cuenta, situación que hace que el estudio de campo y la investigación juegue un papel divergente e importante en la metodología clínica del derecho.
Se habla, por demás, que la enseñanza del derecho viene dada en tres aspectos cruciales que determinan lo que hoy en día se evidencia en las facultades. Pues desde la tradición continental para el entendimiento de derecho, se considera que se divide en la gramática del derecho, la cual, comprende el aprendizaje de conceptos generales y abstractos, y por otro lado, encontramos la enseñanza de las normas vigentes a través de una revisión ampliada, teniendo en cuenta los códigos que contienen la regulación de cada área y leyes correspondientes a su materia; finalmente se enseña la lógica del derecho que está comprendida por la dogmática y sus estudios propios acerca del positivismo jurídico (Figueroa, 2011).
De ahí que, los estudios sobre el derecho connotan un análisis en tanto a los fenómenos que giran y surgen de la dinámica del sistema jurídico, teniendo esto una relevancia directa en las consecuencias que se derivan o se traducen en realidades jurídicas (León, 2015). Por el contrario, las clínicas jurídicas no se encuentran presentes en todas las facultades de derecho, situación que genera un desequilibrio en la formación de los profesionales y en el entendimiento de los fenómenos sociales que incumben en el saber jurídico. Es decir, no se trata únicamente de continuar con los formalismos institucionales y propios de la dinámica del derecho, presente evidentemente en los consultorios jurídicos, es una situación que ahonda en el saber formar profesionales consientes y listos para enfrentar los diversos escenarios a los que se verán expuestos.
b) Implementación de las clínicas jurídicas como herramientas de formación de abogados.
A continuación, se relacionan las diferencias que existen entre las convergencias y las divergencias de las clínicas jurídicas.
Figura 4.
Convergencia y Divergencia
Fuente. Elaboración propia.
Es importante saber diferenciar las convergencias y divergencias de las clínicas jurídicas, ya que se está describiendo un antes y un después, con relación a la formación y aprendizaje entre el docente y los alumnos, donde inicialmente se le llamaba enseñanza tradicional a lo simplemente teórico y formalista, que hoy por la globalización y demás instrumentos, como la tecnología, la enseñanza e investigación en el trabajo teórico y práctico que se realiza entre el pedagogo y el educando resultan ser el arma contundente ante los factores que siguen convergiendo en la academia.
b.1) Convergencia.
En este sentido, las facultades de derecho forman profesionales que están encaminados a cumplir funciones públicas y de criterio corporativo, siendo ésta, considerada como una de las profesiones que cuenta con un mayor impacto social, político e institucional en un país, dado que, los abogados están direccionados a fomentar y satisfacer criterios de justicia y democracia (Ruiz, 2016). Este también menciona que:
A través de la creación de áreas de convergencia se han realizado modificaciones sustantivas a la estructura de planes y programas de estudio con el fin de articular armónicamente, bajo una misma perspectiva académica, los elementos que aparecían disgregados y no permitían lograr una formación integral, por tal motivo se han creado materias optativas o electivas que incluyen la participación en actividades docente – alumnos, con el fin de aprender eficazmente. (p. 366)
Lo anteriormente descrito, nos hace referencia a que, en los últimos años las clínicas jurídicas se han fortalecido por medio de la teoría y la práctica, la cual el docente enseña y el educando aprende, a través de electivas o tutorías, las cuales fortalecen el aprendizaje del estudiante, para su formación personal y profesional sobre el derecho, para que sean abogados con principios éticos y morales y a su vez, logren servir a la sociedad. Es indispensable:
Que el cuerpo docente cuente con cierta preparación previa, con la cual pretenda con la práctica llevar al estudiante de manera eficaz y que cumpla el verdadero rol de facilitador en su teoría del Aprendizaje Significativo (Ruiz, 2016, p. 366).
Esta apreciación, nos dice que lo sustancial del asunto es que el docente tenga bases educativas de enseñanza, para poder formar por medio de la teoría, practica y demás herramientas tecnológicas y académicas, a los estudiantes, quienes deberán adquirir conocimientos esenciales para su formación como estudiantes en la universidad, dentro de la facultad de derecho y así orientarlos para el futuro como abogados independientemente del desempeño personal y electivo que cada uno decida. Precisamente se trata de fomentar la formación crítica y crear una atmósfera objetiva en la que el estudiante pueda tomar decisiones acertadas y basadas en la ética de la práctica profesional, esto sin imponer el recorrido profesional por el cual cada individuo desea perfilar su profesión.
La nueva organización de las enseñanzas universitarias, cumpliendo con los criterios de convergencia europeos supone, además de un cambio cualitativo estructural, un significativo impulso en la renovación de las metodologías docentes que centran el objetivo en el proceso del estudiante, en un marco que se extiende ahora a lo largo de la vida (Goñi & Meseguer, 2010, p. 38).
La anterior acotación, nos describe lo significativo que es la convergencia y renovación de las metodologías de enseñanza entre el docente y los alumnos con el fin de que trabajen mutuamente, bajo la premisa de que el educando aprenda nuevas aptitudes, destrezas y prácticas, dentro de su formación como alumno en el consultorio jurídico, con el fin de ser formados como buenos asesores jurídicos y profesionales.
Figura 5.
Convergencia en las clínicas jurídicas.
Fuente: elaboración propia.
Esto, refleja que la convergencia es importante, dentro de las clínicas jurídicas en los consultorios jurídicos, puesto que el estudiante no solo aprende y adquiere conocimientos de carácter normativo y jurídico, sino que, de igual manera, practica por medio del servicio social que cumple como asesor para la comunidad, trayendo a su entender nuevos casos y fenómenos de estudio que se refuerzan con la práctica y la investigación académica.
En conclusión, con relación a la convergencia de las clínicas jurídicas en los consultorios jurídicos, es importante saber que ha sido de beneficio para la actualización de nuestro derecho, tanto en libros y códigos, como en la forma de transferir el conocimiento por parte del docente hacia el alumno, por medio de nuevos métodos y estrategias las cuales vamos actualizando acorde a la globalización, muy a pesar de no estar completamente regulada en Colombia y digamos que se torna como un aspecto del criterio autónomo de las universidades en su libertad de enseñanza, previsto en el artículo 69 de la Constitución política de 1991.
Aunado a lo anterior, se debe tener en cuenta que, la sociedad se va transformando social, política, cultural, económica y educativamente, con la cual, para cada necesidad siempre habrá algo nuevo, como el derecho ambiental, el derecho cibernético, el derecho médico y demás, las cuales están a la vanguardia del diario vivir y en general para la sociedad a la cual pertenecemos y que los estudiantes por medio de la praxis deben educarse.
c) Implicaciones de las clínicas jurídicas y necesidad de innovar:
Divergencia
Dentro del contexto de las clínicas jurídicas, se determina que la divergencia en las mismas, es la falta de concurrencia y trabajo mancomunado entre el docente y los estudiantes, determinada simplemente por la instrucción del pedagógico estrictamente sobre la teoría, sin dar explicación del cómo, porqué y para qué, desde los puntos de vista jurídicos argumentativos y prácticos, con respecto a situaciones reales de tipo sociales, políticos, culturales y educativos.
El docente, se basa normalmente en la teoría del texto y cumple con su determinada labor común de docente, sin complementar el trabajo de enseñanza e investigación y mucho menos de práctica; por lo cual, el alumno carece posteriormente de bases que le permitan solventar y guiar la resolución de los casos, explicar y dar correcta asesoría a los consultores. A su vez se ignora bien intencional o no, la verdadera finalidad de los consultorios jurídicos, pues su premisa es el velar por la justicia social (Velásquez, 2012).
Por otra parte, es importante eliminar las divergencias, especialmente en las clínicas jurídicas, ya que los estudiantes deben adquirir conocimientos prácticos y pedagógicos, por medio de la enseñanza de sus docentes, los cuales deben estar actualizados al nuevo método de la praxis jurídica en tecnología e investigación de campo, para que el alumno este mejor preparado para su vida profesional y personal dentro del contexto como abogado, como bien lo podría ser a través del centro de investigaciones en alianza con el consultorio jurídico.
La intencionalidad de mejorar la calidad de la educación es compartida por los gremios, comunidades y sectores democráticos e independientes de la sociedad civil, pero son múltiples las controversias y divergencias relativas a lo que se entiende por “calidad de la educación”, a los factores asociados a tal concepto y logro y al reparto de responsabilidades en lo que a ella se refiere (Hernández, 2007, p. 70).
Dentro de la divergencia de la educación y en especial en lo relacionado a las clínicas jurídicas, es difícil hablar de una calidad de educación, pues como se mencionaba antes, las características de la educación apuntan continuamente a postulados de la educación tradicional, basada únicamente en la teoría, sin el complemento esencial de la práctica por medio de la enseñanza y el aprendizaje, sin quitarle merito a los trabajos realizados en los consultorios jurídicos.
Aunado a lo anterior, se debe tener en cuenta que la divergencia se debe transformar en convergencia, con el fin de que el docente les aporte a sus alumnos no solo la teoría, sino la práctica por medio de vivencias y casos reales de la cotidianidad del diario vivir, para que los educandos se vayan ajustando a la vida futura que les espera como abogados, para el servicio de la comunidad y demás, cuya herramienta principal para el desarrollo de estas competencias radica imperativamente en la investigación jurídica.
Figura 6.
Divergencia de las clínicas jurídicas
Fuente: elaboración propia.
El anterior recuadro, nos describe la forma divergente de las clínicas jurídicas que utilizaban los docentes, dentro de la educación tradicional, donde el pedagógico solo enseñaba con base en la teoría y siempre con el egocentrismo que lo caracteriza en tener únicamente la razón de lo que enseña y explica, sin tener en cuenta a los demás y en nuestro caso a los educandos. Dentro del contexto de la divergencia Ruiz (2016), profundiza la idea y destaca, que tradicionalmente el acervo intelectual del docente “está construido”, “acabado”, siendo su rol principal el de transmisor de estos conocimientos.
Sus prácticas de enseñar y evaluar castigan la duda, el error y el pensamiento divergente y cuando investigan, únicamente traen a la enseñanza sus resultados. Por lo tanto, evidencia al docente centrado en sí mismo, con relación a la catedra que enseña, con un único resultado, el cual es el suyo y el que les trasfiere a los estudiantes sin permitirles la réplica, la duda y mucho menos la opinión o punto de vista del educando (Piovesan, 2015).
La divergencia dentro de las clínicas jurídicas, muchas veces, se da porque existen dentro de los consultorios jurídicos, los que podremos denominar, buenos docentes y los malos docentes, a los cuales estos últimos les hace falta compromiso de trabajar y educar, orientados hacia la globalización y utilizando como principios éticos, lo que se debe enseñar, por medio de nuevas prácticas pedagógicas, las cuales deberían utilizar los alumnos, con el fin de que estos educandos salgan mejor preparados para afrontar la vida profesional de la abogacía.
Pero antes de eso, de discurrir si un docente es bueno o malo en su ejercicio, la institución educativa debe contar con el compromiso de: primero, implementar en sus facultades un área de consultorio jurídico y otra área para las clínicas jurídicas, que trabajen en conjunto y posteriormente se garantice un servicio de calidad y compromiso entre todos los sujetos que participan en el entramado académico.
A continuación, observaremos algunos de los hallazgos, en los que se especifican las características visibles que diferencian al buen docente y al mal docente (Piovesan, 2015).
Figura 7.
Docentes convergentes y divergentes.
Fuente: elaboración propia
Entonces, nos ilustra las diferencias que existen entre los “buenos” docentes y los “malos” docentes, los cuales están determinados por la forma en la que trasmiten sus conocimientos y la pedagogía o metodología que utilizan. En este sentido, autores como Casero (2010), expuso en su investigación criterios valiosos para determinar las características que hacen alusión de un buen o un mal profesor, por ejemplo: se toman en cuenta las contribuciones subjetivas directamente de los estudiantes y bajo esas premisas formar categorías, así:
a) Actividades que estén direccionadas a la ejecución, desarrollo, planeación, control y tenga como finalidad el proceso de enseñanza y aprendizaje a través de una metodología clara y precisa.
b) Actividades que estén direccionadas al ejercicio hermenéutico y análisis jurídico propiamente desde la experiencia y el estudio de casos, fomentando propiamente las habilidades de investigación.
c) Actividades que estén direccionadas a ser una guía para conocer el método de aprendizaje que aporte a cada futuro abogado, a la responsabilidad y al ejercicio de la instrucción.
Así mismo y especialmente, en las clínicas jurídicas en los consultorios jurídicos, los docentes deben tener convergencia dentro del trabajo mancomunado entre el pedagogo y los alumnos, con el fin de asesorar a los consultantes y darles respuesta a sus solicitudes, bajo la premisa de que los casos que llegan a los consultorios jurídicos son reales, y deben ser tratados como tal.
No es tan agradable, en una investigación afirmar que un docente sea bueno o malo, pero dependerá de ello y del interés de las universidades propiamente que, los resultados en la práctica de los estudiantes resulte eficaz, pues así, como encontramos docentes con criterios contrarios a su deber, seguramente existen estudiantes que carecen de vocación y sus finalidades distan del objetivo de justicia social y apropiación de los conceptos clínicos del derecho (Garcia & Fonseca, 2016).
Por último, se debe tener en cuenta, que la divergencia es un modo de enseñanza tradicional, que debe ser cambiada, por el simple hecho de que la educación también ha evolucionado y todos los docentes deben estar a la vanguardia de la globalización mundial, para el beneficio de sus educandos.
4. CONCLUSIONES
Los constantes avances tecnológicos, los conflictos sociales, económicos y en general todo el tramo de circunstancias que proponen la innovación de los recursos académicos, permiten que con el presente análisis se perciban un poco más cercanos a la conciencia, tanto de las instituciones, como de los docentes, estudiantes y la población en general. De modo que, habiendo respondido al cuestionamiento, se puede concluir que, la educación a través del tiempo, ha sufrido cambios importantes por medio de los nuevos métodos de estudio y en gran medida por la implementación de herramientas tecnológicas y virtuales, los cuales han sido fundamentales para su desarrollo, así como lo es la implementación del método clínico aplicado a la enseñanza del derecho.
La enseñanza del derecho no consiste únicamente en la repetición, memorización y en las clases magistrales tradicionales, que a su turno se ha ido convirtiendo en una cuestión que diverge en el derecho y forma un ancla e impide avanzar en la formación de buenos abogados con sentido de justicia social. Con ello, se evidencia que la educación global y transformadora entre los docentes y los alumnos, no solo radica en el cumplimiento de la norma respecto a los consultorios jurídicos, pues reafirma la premisa de la educación tradicional y formalista. De igual forma, se evidenció que, la incursión de las clínicas jurídicas en Colombia al interior de los consultorios jurídicos, fungen como elemento paliativo a las carencias de herramientas en la mayoría de las universidades de Colombia, pues, no todas las facultades de derecho cuentan con la implementación de este modelo educativo.
Asimismo, se le dio lugar al consultorio jurídico como elemento primordial en las facultades de derecho hoy, el cual es base para formar a los alumnos con casos reales de la comunidad de estratos 1, 2 y 3, que son de bajos recursos y son considerados población vulnerable, pues se les brinda entre los docentes y alumnos las respectivas asesorías, sobre las áreas de privado, público, laboral y penal. Situación que, aunque cumple con las expectativas de la norma, se quedan cortos en las variables que divergen en el derecho, como lo es la investigación y la expansión de conocimientos entre docente, estudiante y usuarios o la comunidad en general vulnerable.
Aunado a lo anterior, es importante aclarar que las clínicas jurídicas han servido de base para formar a los nuevos educandos en derecho, aquellos que se están formando mejor en los consultorios jurídicos con las prácticas y asesorías que le prestan a la comunidad; sin embargo, muy a pesar de todo, el modelo trasplantado de la educación norteamericana, no significa lo mismo en Colombia, porque representa ser una institución apartada, distante y probablemente difícil de implementar en la universidades de Colombia, por lo menos como un modelo ejemplar del modelo clínico y generalizado en las facultades de derecho.
Agradecimientos / Acknowledgments:
Expresamos el agradecimiento a los docentes del Doctorado en Derecho, de la Facultad de Derecho de la Universidad Externado de Colombia.
Conflicto de intereses / Competing interests:
Los autores declaran que no incurren en conflictos de intereses.
Rol de los autores / Authors Roles:
Juan Gil: conceptualización, curación de datos, análisis formal, adquisición de fondos, investigación, metodología, administración del proyecto, recursos, software, supervisión, validación, visualización, escritura - preparación del borrador original, escritura - revisar & amp; edición.
Dahianna Rodríguez: conceptualización, análisis formal, investigación, metodología, administración del proyecto, recursos, software, supervisión, validación, visualización, escritura - preparación del borrador original, escritura - revisar & amp; edición.
Cesar Páez: conceptualización, investigación, metodología, administración del proyecto, recursos, software, supervisión, validación, visualización, escritura - preparación del borrador original, escritura - revisar & amp; edición.
Fuentes de financiamiento / Funding:
Los autores declaran que no recibieron un fondo específico para esta investigación.
Aspectos éticos / legales; Ethics / legals:
Los autores declaran no haber incurrido en aspectos antiéticos, ni haber omitido aspectos legales en la realización de la investigación.
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